Franklin Barriga López
tados de los estudios que realicen sus Académicos, sobre Historia de
Costa Rica y sobre otras disciplinas afines a ésta. b) Estimular y fomen-
tar la investigación en la Historia, la Geografía de Costa Rica y las dis-
ciplinas afines. c) Impulsar las investigaciones de historiadores y
científicos nacionales en lo que atañe a las naciones hispanoamericanas.
d) Promover certámenes y conmemoraciones de carácter histórico
sobre temas nacionales, continentales e ibéricos. e) Promover y rendir
homenajes a personas costarricenses o extranjeras que se hagan acree-
doras a ellos. f) Fortalecer, por medio de la comunicación constante, las
relaciones con academias, instituciones y organizaciones similares,
tanto nacionales como extranjeras. g) Propiciar el acercamiento a la
Academia, de aquellas personas o instituciones identificadas con los
fines que ella promueve.
Artículo 4º—De la extensión cultural. Entre las funciones primor-
diales de la Academia está ofrecer su aporte como cuerpo consultor
permanente: a) Actuar como institución consultora ante las entidades
que lo soliciten. b) A solicitud de la Presidencia del Poder Legislativo,
actuar como órgano consultor en el análisis e informe sobre los Bene-
meritazgos de la Patria, de la Cultura, de la Ciencia, de la Educación o
de las Artes de la Comisión de Honores. c) Colaborar con las carreras
de Geografía e Historia y ciencias afines de las universidades naciona-
les. d) Fortalecer vínculos con instituciones, asociaciones, clubes, mu-
seos, archivos, bibliotecas y casas de cultura, con el fin de abrir espacios
para el rescate de la cultura nacional. e) Conferir el Premio Cleto Gon-
zález Víquez por investigaciones y estudios, publicados en los campos
de la Historia, la Geografía y las disciplinas afines. f) Pronunciarse, en
forma oficial, sobre cuestiones históricas nacionales. g) Evacuar con-
sultas sobre asuntos atinentes a los fines de la Academia. h) Recomen-
dar a las instituciones del Estado adquirir impresos, manuscritos,
mapas, grabados, estampas, fotografías, grabaciones, películas y obje-
tos diversos con valor histórico. i) Denunciar el peligro de destrucción
de monumentos históricos, placas conmemorativas, museos, bibliote-
cas y archivos. j) Aclarar aquellas informaciones históricas inexactas
difundidas por los medios de comunicación social o colectiva (la radio,
la prensa escrita, la televisión y otros).
Artículo 5º—Del rescate de obras. En la labor de rescate la Acade-
mia debe gestionar ante las casas editoras nacionales: a) La reedición
de las obras de mérito de autores nacionales y extranjeros relacionadas
con la Historia, la Geografía y las ciencias afines, sobre Costa Rica. b)
La edición de investigaciones nacionales inéditas que a juicio de la Aca-
demia lo ameriten.
BOLETÍN ANH Nº 207 • 502–507
506