Vida académica
Cédula del 18 de febrero de 1582 hecha en Lisboa: Que los oficiales reales
no se casen con hijas, hermanas o deudas dentro del cuarto grado de
los otros oficiales reales, sus compañeros, sin licencia de su majestad,
so pena de privaciones.11
Cédula del 26 de febrero de 1582 hecha en Lisboa: Prohíbe a los gobernado-
res, corregidores y alcaldes mayores casarse en sus distritos durante
sus oficios, so penas.12
Pregón de las reales cédulas, publicación en los Reyes (Lima), 28 de febrero de
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594: Pregón mandado por el señor marqués de Cañete [Don García
Hurtado de Mendoza], virrey, por voz de Cristóbal de Morales, prego-
nero público, siendo testigos don Antonio de Monroy, Martín de Torres,
Manuel Hurtado y otras personas, doy fe Álvaro Ruiz de Navamuel
[
Secretario de la gobernación de los reinos del Perú].Se lo entregó el
señor don Alonso Fernández de Bonilla, arzobispo de México, del con-
sejo de su Majestad, visitador de la Real Audiencia de la ciudad de los
Reyes del Perú, en 4 de noviembre de 1597, en esta ciudad (Lima).
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Puntualizadas las mencionadas cédulas reales, pasamos a
tratar el caso del supuesto matrimonio de doña Ana de Avendaño y
Zúñiga, hija del oidor doctor Diego Núñez de Avendaño (más tarde
presidente de la Real Audiencia de Lima y gobernador interino del
Virreinato del Perú), con el tesorero de Huancavelica Miguel Ruiz
de Bustillo, matrimonio que prohibían las reales cédulas:
Provisión del virrey del 24 de febrero de 1596, escribano Francisco de Aven-
daño: Provisión del virrey don García Hurtado de Mendosa, marqués
del Cañete, señor de las villas de Algete y su partido, virrey, goberna-
dor y capitán general en estos reinos y provincias del Perú, tierra firme,
los Reynos de las Indias, mandadas imprimir y publicar por...Carlos II., Boix, Madrid, 1841, pp.251-
2
7
2
52. Ver en: https://books.google.com.ec/books?id=29xKz7TW_MsC&lpg=PA169&ots=
XQMyarRsq&dq=Cedula%20de%2010%20de%20febrero%20de%201575%20hecha%20en%
0Madrid&hl=es&pg=PA169#v=onepage&q=Cedula%20de%2010%20de%20febrero%20de
%
201575%20hecha%20en%20Madrid&f=false (23-03-2022)
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1 Editor, Juan N. Rodríguez de S. Miguel, “Ley LXII”, Pandectas hispano-megicanas: ó sea Có-
digo general comprensivo de las leyes generales, utiles y vivas de las Siete Partidas, Recopi-
lacion novismia, la de Indias, autos y providencias conocidas por de Montemayor y Beleña,
y cédulas posteriores hasta el año de 1820, J. F. Rosa, Méjico, 1853, p.239. Ver en: https://
books.google.com.ec/books?id=W7SvAAAAMAAJ&hl=es&pg=PP7#v=onepage&q&f=fale
(
23-03-2022)
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2 Ley 64 del título n, libro V de la Recopilación de las leyes de Indias. La real cédula de febrero
de 1575 está publicada por Solórzano, Política indiana, lib. v, cap. 9, núm. 5.
3 AGI, Escribanía, 567A: Visita de la Audiencia de Lima …, pp. 1-6v.
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BOLETÍN ANH Nº 207 • 641–673
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